El Generador exento es una Central Eléctrica con capacidad menor a 0.5 Megawatts (MW) y que no requieren permiso de la Comisión Reguladora de Energía para generar electricidad.

Estos generadores pueden vender su energía eléctrica y productos asociados a través de un Suministrador de Servicios Básicos (SSB), para lo cual la CRE calculará las contraprestaciones aplicables y/o mediante un Suministrador de Servicios Calificados (SSC) podrán pactar libremente el precio y costos del servicio